Economía
La Ley de IA de la UE activa desde el 2 de agosto la obligación de identificar chatbots y etiquetar contenidos sintéticos
Las obligaciones de transparencia de la Ley de IA europea son exigibles desde el 2 de agosto: chatbots identificados, contenidos sintéticos etiquetados y multas que pueden llegar al 7% de la facturación global.
La Ley europea de Inteligencia Artificial alcanzó este 2 de agosto uno de los hitos centrales de su calendario de aplicación. Desde esa fecha son plenamente exigibles las obligaciones de transparencia del reglamento: los sistemas de IA que interactúan directamente con personas, como los chatbots de atención al cliente o los asistentes virtuales, deben informar de forma clara de que el usuario se comunica con una máquina, salvo que resulte evidente por el propio contexto. La norma afecta a empresas, administraciones públicas y proveedores tecnológicos que operen en territorio comunitario, desde las grandes plataformas hasta las pymes que utilicen chatbots o generadores de contenido.
Etiquetado obligatorio de textos, imágenes, audios y vídeos generados con IA
El segundo bloque de obligaciones afecta al contenido sintético. El artículo 50 del reglamento exige que los proveedores de sistemas generativos incorporen mecanismos que permitan identificar los contenidos creados o manipulados mediante IA: textos, imágenes, vídeos y audios deberán contar con marcas o señales capaces de revelar su origen artificial, incluidos los llamados deepfakes. Además, las empresas y administraciones que publiquen textos generados con IA para informar al público deberán comunicar ese uso cuando no exista una revisión humana que atribuya la responsabilidad editorial a una persona u organización. Las advertencias tendrán que ser claras, visibles y comprensibles, sin quedar ocultas en condiciones legales extensas. Quedan eximidas las obras con finalidad artística, creativa, satírica o de ficción, y los sistemas ya comercializados disponen de un periodo transitorio adicional para implantar el marcado técnico.
Multas de hasta el 7% de la facturación global anual
El marco general del reglamento contempla sanciones que pueden alcanzar el 7% de la facturación global anual de la compañía infractora. Las grandes tecnológicas ya han empezado a adaptarse con etiquetas propias de contenido generado con IA y con la adhesión a códigos de conducta voluntarios sobre transparencia. La aplicación práctica, no obstante, dependerá de que los Estados miembros designen autoridades nacionales de supervisión con medios suficientes; en España, el Gobierno aún no ha detallado completamente cómo se articulará esa vigilancia, lo que genera incertidumbre entre las empresas obligadas.
El Ómnibus Digital retrasa el alto riesgo a 2027 y 2028
El despliegue de esta fase es menos amplio de lo que preveía el calendario original. El Ómnibus Digital sobre IA, aprobado como Reglamento (UE) 2026/1744, aplaza la aplicación de buena parte de las obligaciones para los sistemas considerados de alto riesgo, que comenzarán a regir entre diciembre de 2027 y agosto de 2028. En esa categoría entra la mayoría de la IA utilizada en recursos humanos —selección de personal, promociones y despidos, asignación de tareas y evaluación del desempeño—, que exigirá evaluación de conformidad, supervisión humana, transparencia y registro del sistema. La mayoría de los empleadores actuará como usuario y no como proveedor, con deberes más ligeros, aunque quien modifique a fondo un sistema pasará a asumir las obligaciones del proveedor.
Qué cambia para las empresas españolas
Estas medidas se suman a fases ya completadas: desde febrero de 2025 están prohibidas las prácticas de riesgo inaceptable, como la manipulación perjudicial o la puntuación social, y desde agosto de ese año se aplican las obligaciones para los modelos de propósito general. En el ámbito laboral español, las garantías del reglamento se complementan con el artículo 64.4.d del Estatuto de los Trabajadores, que reconoce al comité de empresa el derecho a ser informado sobre los parámetros y reglas de los algoritmos que afectan a las condiciones de trabajo. Para las compañías que ya usan IA en atención al cliente, marketing o comunicación, la fecha del 2 de agosto marca el paso de la adaptación voluntaria al cumplimiento obligatorio, con la vista puesta en el calendario de 2027 y 2028 para los usos de alto riesgo.