Educación
El nuevo Estatuto del Estudiantado tipifica la IA como fraude y abre las becas al coste de vida por provincia
El proyecto de Real Decreto que sustituye al texto de 2010 está en audiencia pública. Reconoce derechos de evaluación flexible y obliga a la universidad a considerar el desplazamiento del estudiante en el cálculo de las ayudas.
El Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades ha sacado a audiencia pública el proyecto de Real Decreto que sustituirá al Estatuto del Estudiante Universitario de 2010. El texto pretende cerrar un desfase de quince años entre la norma vigente y un alumnado que llega a la universidad con otra economía, otras tecnologías y otra biografía laboral. Tres bloques concentran lo sustantivo: el uso de la inteligencia artificial en la evaluación, el rediseño de las becas y un catálogo ampliado de derechos académicos.
La IA, dentro del deber de probidad académica
El borrador incluye por primera vez una mención expresa a la inteligencia artificial dentro del régimen de deberes del estudiante. La obligación de abstenerse de cometer o cooperar en procedimientos fraudulentos en pruebas, trabajos o documentos oficiales se acompaña ahora de una cláusula que cita, literalmente, el uso inapropiado de sistemas de IA y de tecnologías de la información.
La fórmula es deliberadamente abierta. No prohíbe la herramienta; tipifica su uso fuera de los términos que cada profesor o cada departamento haya fijado. Esa decisión deja la frontera de lo permitido en manos de la universidad y, dentro de ella, de la guía docente de cada asignatura. La consecuencia práctica es previsible: el alumnado tendrá que conocer la política de IA de cada materia, no solo la general del centro.
Becas que miran al coste de vida real
La segunda novedad sustantiva es la apertura del sistema de becas a la realidad económica del lugar de estudio. El borrador establece que las ayudas deberán tender progresivamente a considerar dos factores hasta ahora ausentes del cálculo: el desplazamiento del estudiante fuera de su lugar de residencia y el coste de vida de la provincia en la que cursa los estudios.
La diferencia importa. Un estudiante con beca general que se traslada de Cáceres a Madrid asume un sobrecoste mensual que el modelo actual no compensa con la precisión que la diferencia real exige. El reconocimiento explícito de la variable territorial abre la puerta a una corrección que llevaba años reclamando el Consejo de Estudiantes Universitarios.
El texto, sin embargo, recurre a una fórmula prudente —tenderán progresivamente— que aplaza la traducción presupuestaria. La cuantía exacta dependerá de la convocatoria anual, no del Estatuto. Es un compromiso de método, no una garantía de importe.
Evaluación flexible y atención psicológica
El tercer bloque amplía el catálogo de derechos académicos. Aparece un derecho a solicitar evaluación flexible para conciliar estudios con responsabilidades familiares o laborales, una figura que algunas universidades ya recogían en sus normativas internas y que el Estatuto eleva a derecho de mínimos. El texto también obliga a la universidad a ofrecer servicios de atención psicológica accesibles, en línea con las recomendaciones de la Conferencia de Rectores tras los datos de salud mental publicados por el Observatorio Español de la Juventud.
La evaluación flexible no implica aprobado automático ni reducción de exigencia. Implica adaptar plazos, formatos y modalidades de prueba a circunstancias acreditadas. Su desarrollo concreto vuelve a quedar en manos de cada universidad, que deberá publicar su propio procedimiento.
Lo que queda abierto
El texto está aún en fase de audiencia. La comunidad universitaria puede presentar alegaciones hasta el cierre del periodo, lo que probablemente introducirá retoques. Los puntos donde se concentrará la negociación son tres: la definición operativa de uso inapropiado de IA, el calendario de aplicación de la corrección territorial en becas, y los recursos que el Ministerio aportará para garantizar la atención psicológica universal.
Para el alumnado de nuevo ingreso del curso 2026-2027, el Estatuto, si entra en vigor en su redacción actual, supone un cambio menos visible en el día a día que en el marco de garantías. La universidad española lleva años tramitando estas materias por la vía de la normativa interna; el Estatuto las eleva a derecho estatal. Esa es, sobre el papel, la diferencia.